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El SCS cambia las instrucciones de contratación temporal para favorecer la conciliación
En situaciones de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento
El Servicio Cántabro de Salud ha modificado las instrucciones de contratación temporal para favorecer la conciliación en situaciones de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
Así, a partir de ahora, los inscritos en la bolsa de empleo temporal del SCS que estén disponibles, pero en periodo de disfrute de algunos de esos permisos, podrán aceptar la oferta laboral sin prestar servicios efectivos, siempre y cuando tengan reconocida la prestación correspondiente. La persona candidata comenzará a trabajar una vez finalizado el permiso, ha informado el SCS en un comunicado en el que indica que se trata de uno de los cambios que acaba de introducir en sus instrucciones de contratación temporal para «favorecer la conciliación de la vida personal y profesional, consolidar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y favorecer la equiparación real entre los profesionales del sistema de salud cántabro».
Además, todas aquellas personas a las que corresponda un nombramiento temporal y se encuentren disfrutando de dichos permisos podrán también rechazar «de forma justificada» la oferta o aceptarla e incorporarse a trabajar, si no tienen reconocida una prestación de la Seguridad Social, siempre y cuando hayan disfrutado del período de descanso obligatorio de seis semanas. Estas modificaciones son fruto del diálogo social que mantienen «de forma permanente» la administración sanitaria y las organizaciones sindicales y están «claramente alineadas» con el Plan de Igualdad del SCS, aprobado en 2019.
«La conciliación personal, familiar y laboral y la equiparación real de las posibilidades profesionales de los trabajadores del Servicio Cántabro de Salud son algunas de las máximas prioritarias que nos hemos fijado en materia de personal», ha señalado la gerente del SCS, Celia Gómez.
210203 Cambios criterios contratación SCS permisos paternidad-maternidad