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El CGCOM considera que dificultar el ejercicio del derecho de objeción de conciencia es inapropiado, inaceptable, ilegal e injusto
La objeción de conciencia del médico es un derecho fundamental recogido en el artículo 30 de la Constitución. Servicios de salud y servicios sociales deben de realizar bien su trabajo y poner medios para que las mujeres tengan el apoyo apropiado en caso de desplazamiento en una IVE y la garantía de que una prestación del Sistema Nacional de Salud esté disponible y sea accesible, trasciende el ámbito individual, se articula a través de las redes sanitarias, y tiene como protagonistas a los gestores, más que a los médicos/as
El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) ante las declaraciones y propuestas efectuadas por la Ministra de Igualdad manifiesta que dificultar la objeción de conciencia del personal sanitario es una mala solución que resulta inaceptable, ilegal e injusta y que han de ser los Servicios de Salud y Servicios Sociales los que deben de realizar bien su labor y gestión para garantizar que las mujeres que se vayan a someterse a una Interrupción Voluntaria del Embarazo cuenten con el apoyo apropiado.
La corporación médica destaca que la objeción de conciencia del personal sanitario es un derecho individual al que puede acogerse quien considere que una práctica o procedimiento va en contra de sus convicciones y creencias. La garantía de que una prestación del Sistema Nacional de Salud esté disponible y sea accesible, trasciende el ámbito individual, se articula a través de las redes sanitarias, y tiene como protagonistas a los gestores, más que a los médicos/as.
En muchas prestaciones de la cartera de servicios es difícil asegurar la misma accesibilidad en todas las poblaciones; en ocasiones, incluso resulta conveniente centralizar procesos o procedimientos por razones de calidad y eficiencia.
En el caso de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) parece que se identifican situaciones de baja accesibilidad; dado que se trata de procedimientos quirúrgicos normalmente ambulatorios, el que puedan prestarse localmente dependerá de una adecuada organización de los servicios sanitarios.
Forzar la conciencia de los médicos para ampliar el número de facultativos disponibles en todas las poblaciones, lo que además de inconstitucional es una mala solución, que desde la perspectiva de la profesión médica se considerarían inaceptable, ilegal e injusta. Mejor sería que los servicios de salud y los servicios sociales hicieran bien su trabajo, y pusieran medios para que las mujeres que han de someterse a un IVE, tengan el apoyo apropiado en el caso de que sea necesario desplazarse. Por otra parte, conviene señalar que en pueblos y ciudades pequeñas no es fácil mantener la obligada privacidad, por lo que una cierta concentración en la prestación de estos servicios podría tener un efecto protector para la intimidad de las mujeres.
Dificultar el ejercicio del derecho de objeción de conciencia por las normas o por las instrucciones reglamentarias es inapropiado, pero también es particularmente injusto. Coloca a los médicos en la diana de la contrariedad de los pacientes y de sectores de la sociedad, cuando no tienen la culpa, y cuando las oportunidades de solucionarlo las tienen otros.
Y es injusto, porque en el momento actual, en la epicrisis de la pandemia COVID-19, los poderes públicos han acumulado una enorme deuda moral con la profesión médica y con las demás profesiones sanitarias. Mala forma de honrar esta deuda sería provocar conflictos dormidos o utilizar a un colectivo muy dañado y maltratado, como coartada de políticas que no han sido diseñadas con la competencia técnica, o con los recursos materiales necesarios.