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El Gobierno reduce la distancia de las mesas de centros de trabajo de 2 metros a 1,5 metros tras el Covid

10/06/20  El Gobierno ha reducido la distancia entre mesas de los centros de trabajo de 2 metros a 1,5 metros en la ‘nueva normalidad’, según se recoge en el Real Decreto Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE)

En concreto, en el texto del decreto de la nueva normalidad se recoge que se deberán adaptar las condiciones de trabajo, incluida la ordenación de los puestos de trabajo y la ordenación de los turnos, así como el uso de los lugares comunes, de forma que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros entre los trabajadores.

Así, dice que cuando no sea posible, «deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo». Por otro lado, apunta que se deberán adoptar medidas de ventilación, limpieza y de desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros de trabajo, con arreglo a los protocolos que se establezcan en cada caso.

También pide poner a disposición de los trabajadores agua y jabón o geles hidroalcohólicos o desinfectantes y adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes o usuarios, en los centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible mayor afluencia. Además, insta a que haya una reincorporación progresiva de la forma presencial de los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por naturaleza de la actividad laboral sea posible.

El texto señala que las personas que presenten síntomas compatibles con el coronavirus, estén en aislamiento domiciliario por diagnóstico del mismo o se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con la enfermedad «no deberán acudir a su centro de trabajo». Según el Gobierno, si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente, y, en su caso, con los correspondientes servicios de prevención de riesgos laborales.

«De manera inmediata, el trabajador se colocará una mascarilla y seguirá las recomendaciones que se le indiquen, hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario», ha añadido.

BOE-100620 medidas urgente alarma