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La Comisión Europea aprueba una nueva Recomendación para que todos los países miembros reconozcan la COVID-19 como una enfermedad profesional

La Comisión Europea ha aprobado la Recomendación (UE) 2022/2337 del 28 de noviembre de 2022 en la que introduce a la COVID-19 en la lista europea de enfermedades profesionales e insta a los países miembros a que así lo reconozcan en los sanitarios que resulten contagiados. Así se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea

La presente Recomendación tiene en cuenta el dictamen del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (CCSST) y asegura que la COVID-19 causada por el trabajo en la prevención de enfermedades, en la asistencia sanitaria y social y en la asistencia domiciliaria, o, en un contexto de pandemia, en sectores en los que se ha producido un brote en actividades con un riesgo de infección demostrado.

La Comisión considera que la pandemia de COVID-19 ha provocado graves perturbaciones en todos los sectores y servicios y ha afectado a la salud y la seguridad de los trabajadores en toda la Unión Europea. Si bien, en la actualidad, ha mejorado la situación epidemiológica en la UE relacionada con la COVID-19, gracias principalmente a la amplia disponibilidad de vacunas, sigue constituyendo un desafío, en particular en vista de las posibles nuevas olas de COVID-19 y la aparición de variantes del virus SARS-CoV-2, así como de los casos de COVID persistente.

Aunque el reconocimiento de las enfermedades profesionales es una cuestión estrechamente relacionada con el diseño de los sistemas de seguridad social, que es competencia de los Estados miembros, la Comisión promueve que los Estados miembros reconozcan las enfermedades profesionales que figuran en la lista europea de enfermedades profesionales. Además, considera que también es importante apoyar a los trabajadores infectados, especialmente por la COVID-19, y a las familias que hayan perdido a parientes debido a la exposición en el trabajo.

De acuerdo con el marco estratégico de la UE, considera la Comisión, debe pedirse a los Estados miembros que impliquen activamente a todos los agentes, en particular los interlocutores sociales, en el desarrollo de medidas para la prevención eficaz de las enfermedades profesionales.

Los sistemas nacionales de salud pública y de asistencia sanitaria pueden desempeñar una función importante en la mejora de la prevención de las enfermedades profesionales, en particular mediante una sensibilización del personal sanitario para mejorar el conocimiento y el diagnóstico de dichas enfermedades. En vista de esas consideraciones, en su artículo 1 hace una serie de recomendaciones a los Estados miembros, sin perjuicio de las disposiciones nacionales legislativas o reglamentarias más favorables, para que:

Introduzcan cuanto antes la lista europea que figura en el anexo I en sus disposiciones legislativas, reglamentarias o administrativas relativas a las enfermedades cuyo origen profesional se haya reconocido científicamente, que puedan dar lugar a indemnización y que deban ser objeto de medidas preventivas.

Promuevan una contribución activa de los sistemas nacionales de salud a la prevención de las enfermedades profesionales, en particular mediante una mayor sensibilización del personal médico para mejorar el conocimiento y el diagnóstico de estas enfermedades.

En su artículo 2, recuerda que compete a los Estados miembros fijar por sí mismos los criterios para el reconocimiento de cada enfermedad profesional conforme a su legislación y sus prácticas nacionales vigentes. Finalmente, en su artículo 4, insta a los Estados miembros a que informen a la Comisión de las medidas que adopten o tengan previsto adoptar a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

La COVID-19 como enfermedad profesional en España, petición del CGCOM

España fue uno de los territorios que adoptó que la COVID-19 fuera una enfermedad profesional a principios de 2021 mediante un Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros.

Esta fue una reivindicación del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España (CGCOM) reiterada durante meses para reconocer la categoría de enfermedad profesional en aquellos profesionales sanitarios que se contagien de COVID-19.

De hecho, en mayo de 2020 y ante la situación crítica que vivían los médicos en nuestro país el CGCOM solicitó ante el Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como al de Ministerio de Sanidad, el reconocimiento para los profesionales de la Medicina la calificación de “enfermedad profesional” para todos aquellos que hubieran sufrido contagio por COVID19, al objeto de que reciban una mayor protección en sus prestaciones de todo tipo, no señaladas hasta este momento para las enfermedades que no sean profesionales. Asimismo, esta petición contó desde el primer momento con la participación de todos los integrantes del Foro de la Profesión Médica.

Esta petición, respaldada por un informe de los servicios jurídicos del CGCOM, fue avalada por la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España, en su reunión llevada a cabo el 1 de mayo, paralela a la solicitud de entre otras instituciones por la Organización Mundial de la Salud, sobre la necesidad de que los profesionales sanitarios contagiados deban tener derecho a beneficios por lesiones laborales como enfermedad profesional, incluyendo compensación, rehabilitación y servicios sanitarios. Esta medida contó con el apoyo y consenso internacional.

Recomendación (UE) 2022/2337 de la Comisión de 28 de noviembre de 2022 relativa a la lista europea de enfermedades profesionales.

Publicado en: «DOUE» núm. 309, de 30 de noviembre de 2022, páginas 12 a 21 (10 págs.)

Deroga la Recomendación 670/2003, de 19 de septiembre (Ref. DOUE-L-2003-81533)