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Sanidad publica las listas provisionales de aspirantes a la próxima convocatoria MIR
El Ministerio de Sanidad publicó el martes, día 21 de noviembre, en su página web las listas provisionales de admitidos y de no admitidos a la convocatoria 2017/18 del examen MIR que se celebrará el próximo 10 de febrero.
Para la convocatoria actual, la Administración sanitaria ha ofrecido un total de 6.526 plazas para futuros médicos residentes.
Ante cualquier reclamación respecto a la información publicada, el MSSSI ha establecido un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la exhibición pública de estas listas, es decir a partir de hoy. Las reclamaciones se podrán hacer en las dependencias administrativas y en el portal electrónico del MSSSI, así como en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
Cabe recordar que la relación definitiva de admitidos se publicará a partir del 9 de enero. Tras el examen, el 10 de febrero, casi un mes después, 6 de marzo, se exhibirán los resultados provisionales que serán confirmados a partir del 3 de abril. Finalmente, la asignación de plazas se producirá a partir del 17 de abril
Para la convocatoria actual, la Administración sanitaria ha ofrecido un total de 6.526 plazas para futuros médicos residentes, que representa un total de 198 más con respecto a 2016, y que equivale a un incremento de un 3,2% con respecto al año anterior.
Se pueden consultar las listas a través de esta web http://sis.msssi.es/fse/FicherosMirweb/LP-00/LP-01_M.pdf
Aspectos a destacar de las Pruebas Selectivas 2017-2018
-Cupo de plazas para extracomunitarios: En las especialidades para la titulación de Medicina, el número de plazas que podrán ser adjudicadas a aspirantes extranjeros no comunitarios que carezcan de permiso de residencia en España será como el año anterior el 4% de las plazas ofertadas y no habrá segunda vuelta de adjudicación. El cupo de plazas para extracomunitarios en las especialidades de acceso para las titulaciones de Farmacia se mantiene en el 3% y en Enfermería en el 2%.
-Declaración jurada de carencia de rentas en el caso de aspirantes en situación de desempleo. El propio M790 de solicitud incorpora la fórmula impresa mediante la que se hará esta declaración jurada, por lo que solamente será preciso rellenar la casilla correspondiente y firmar dicho modelo sin que sea necesario aportar otro documento.
Además, y como ya se ha citado anteriormente, los aspirantes podrán optar por acreditar la situación de desempleo sin enviar documentación siempre que presten su consentimiento expreso, a través de la casilla destinada al efecto en el modelo de solicitud 790 para consultar su situación ante la Plataforma de Intermediación de datos del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
-Nota de corte para todas titulaciones. Se mantiene en el 35% de la media aritmética obtenida por los diez mejores exámenes en cada titulación (en esa operación no se tendrán en cuenta los números decimales). Se entenderá que superan la prueba, los aspirantes cuya valoración particular del examen sea igual o superior a ese 35% de la media de los diez mejores. El resto serán eliminados y no obtendrán número de orden.
-Se mantiene, sin cambios, el sistema para la adjudicación de plazas a aspirantes que hayan acreditado una discapacidad igual o superior al 33% y hayan optado por el turno específico de aspirantes con discapacidad. El 7% de las plazas ofertadas para cada titulación, podrán ser adjudicadas a estos aspirantes, en los mismos términos ya aplicados en la convocatoria anterior. Es decir, el aspirante con discapacidad elegirá la plaza y especialidad, según el número de orden obtenido, que considere compatible con su situación particular, sin que ello prejuzgue el resultado, positivo o negativo, del reconocimiento médico obligatorio inicial al que han de someterse todos los residentes (con discapacidad o no), al incorporarse a la plaza adjudicada.
-En el momento en que el número de plazas por adjudicar se iguale con el número de plazas reservadas para personas con discapacidad pendientes de adjudicar y resten aspirantes del turno de discapacidad que hayan superado la puntuación mínima que se determine en la Convocatoria, se suspenderán los actos de adjudicación para el turno ordinario y comenzarán a elegir las personas con discapacidad, aunque tengan menos puntuación que las del turno general. Las plazas reservadas en el turno de discapacidad que no sean cubiertas se reasignarán al turno libre, reanudándose los actos ordinarios de adjudicación.
-Reconocimiento médico. En las bases de la convocatoria se prevé que el reconocimiento médico se debe llevar a cabo por los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales para todos los adjudicatarios de plazas (pertenezcan o no al turno de personas con discapacidad).
-Al igual que en la convocatoria anterior No habrá Admisión Provisional a la prueba. Todos los requisitos de participación deberán cumplirse y acreditarse en el plazo de presentación de solicitudes y se podrán aportar también en el plazo de subsanación y reclamación a la Relación Provisional de Admitidos y No Admitidos.
-Respecto al nivel de idioma, los aspirantes nacionales de estados cuyo idioma oficial no sea el castellano acreditarán el conocimiento suficiente del mismo, (excepto los que hubieran sido admitidos a examen en las convocatorias 2014/2015, 2015/2016 o 2016/2017) con la presentación de copia auténtica de una serie de documento.