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El Gobierno aprueba que el COVID-19 sea considerado enfermedad profesional en sanitarios

02/02/2021 También se recoge que los sanitarios jubilados puedan trabajar contra el COVID-19 mientras siguen cobrando su pensión

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes que el COVID-19 sea considerado como enfermedad profesional en los profesionales sanitarios y sociosanitarios que han contraído el coronavirus en el ejercicio de su profesión. «Va a permitir en determinadas circunstancias una mayor protección a los sanitarios que han contraído el virus», ha explicado en rueda de prensa tras el Consejo de Ministras el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, quien ha añadido que la medida tiene carácter retroactivo y se extiende también a «celadores u otros trabajadores que desempeñan su labor en el ámbito sanitario», tal y como reclamaban los sindicatos.

Por otra parte, el Decreto aprobado por el Gobierno también regula que los profesionales sanitarios jubilados puedan compatibilizar su pensión con el trabajo profesional durante la pandemia de COVID-19. «Permite que determinados trabajadores jubilados en el ámbito sanitario puedan compatibilizar la actividad activa en la situación extraordinaria del COVID-19 con su situación como pensionistas», ha esgrimido Escrivá.

Hasta ahora, el contagio de coronavirus en sanitarios era considerado como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo. La diferencia entre enfermedad profesional y contingencia profesional derivada de accidente de trabajo radica en que la enfermedad profesional tiene cobertura durante toda la vida de trabajador.

Es decir, un sanitario tendrá cobertura para la Seguridad Social si mañana o dentro de diez años contrae una enfermedad derivada de este contagio que se produjo desde la declaración de la pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención contra el COVID-19.  Sin embargo, en el caso de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo únicamente se tiene una cobertura durante los cinco años posteriores al contagio. Además, el reconocimiento de la enfermedad profesional amplía la protección de los trabajadores a efectos de pensiones o indemnizaciones a lo largo de toda la vida, si la enfermedad provoca secuelas o muerte.

Los sindicatos y el resto de grupos políticos llevan reclamando la consideración de este derecho desde el principio de la pandemia. Por ejemplo, el pasado 22 de diciembre, la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad una proposición no de ley (PNL) al respecto.

En un comunicado, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha calificado como «positiva» esta medida, reclamando que se ampliara a «todos los trabajadores que por su actividad estén en contacto directo con el virus». «Valoramos que la medida es de justicia para el personal de la sanidad, que sigue en primera línea contra la pandemia en plena tercera ola, y esperamos que este reconocimiento como enfermedad profesional se aplique con efectos inmediatos, con carácter retroactivo, de oficio, a todos los contagiados hasta la fecha. A la espera de conocer el detalle de la norma, desde CSIF estaremos vigilantes para que esta medida se reconozca al conjunto del personal que trabaja en la sanidad, incluido personal administrativo, de limpieza, celadores, entre otros», ha señalado CSIF.

Por su parte, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha acogido «con satisfacción» esta aprobación. Para el sindicato, «no era suficiente la consideración como accidente de trabajo». A la espera de valorar la redacción final de esta medida, CESM celebra esta decisión del Ejecutivo «esperando que se recoja de manera apropiada y tenga efectos retroactivos para los profesionales que se han contagiado de COVID-19».

Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM)

El Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM) celebra que el Gobierno haya aprobado la calificación de enfermedad profesional para los profesionales de sanitarios contagiados de COVID-19, y piden que el próximo paso sea aprobar que la Profesión Médica sea declarada como Profesión de Riesgo

El número de sanitarios contagiados en España supera los 118.000 hasta la fecha, con 107 médicos fallecidos en el ejercicio de su profesión. En mayo de 2020 y ante la situación crítica que vivían los médicos en nuestro país el CGCOM ya solicitó ante el Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como al de Ministerio de Sanidad, el reconocimiento para los profesionales de la Medicina la calificación de «enfermedad profesional» para todos aquellos que hubieran sufrido contagio.

«Este cambio permitirá que los facultativos puedan acceder a las mismas prestaciones a las que acceden otros colectivos profesionales a los que se les reconoce la enfermedad profesional con el objetivo de dar cobertura laboral durante toda la vida de trabajador, independientemente de cuando pueda contraer secuelas o complicaciones derivadas de la Covid-19, puesto que estará protegido por la Seguridad Social», expolian. Esta medida supone que la consideración de enfermedad profesional comparta con el accidente la cuantía de la prestación económica, la responsabilidad de la mutua en su asistencia sanitaria y el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene, establecidas en el artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social.

Asimismo, considera que esta solicitud constituye un acto de justicia, no solo para los profesionales fallecidos sino también para todos aquellos contagiados en esta pandemia. En este sentido también pretende desjudicializar y en definitiva evitar a través de esta reivindicación que los médicos se vean obligados a recurrir a los tribunales de justicia para conseguir el cambio de contingencia y el recargo de prestaciones, no teniendo pérdida económica por supresión de complementos salariales y guardias.

Un reconocimiento que también es necesario para los casos en los que se ha producido el fallecimiento del médico, a fin de reconocer las prestaciones correspondientes a los familiares supervivientes, ya que, con el soporte normativo actual, para que el fallecimiento de una persona por «coronavirus» pueda derivar en una pensión de viudedad originada por una contingencia profesional será necesario probar que la enfermedad ha sido contraída en el trabajo.

Tras esta necesaria medida aprobada por el Gobierno, la corporación que representa a todos los médicos de España considera que es necesario continuar aumentado la protección a los facultativos a través de la declaración de profesión de riesgo para la profesión médica en España, una medida que la organización viene reclamando desde el pasado mes de mayo.

El Consejo de Médicos ha solicitado la inclusión del SARS-CoV-2 como patógeno humano del grupo de riesgo 4 a todos los efectos, que son aquellos que pueden causar una enfermedad grave en humanos y suponen un serio peligro para los trabajadores por existir muchas posibilidades de que se propague y ante la inexistencia de tratamientos eficaces.

Por ello, «y en memoria de los compañeros que ya no están», de todos aquellos que sufren y han sufrido las consecuencias de esta enfermedad y de aquellos que se encuentran en primera línea, el CGCOM demanda a la Secretaria de Estado de la Seguridad Social y Pensiones que se reconozca a la profesión médica como profesión de riesgo.