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Covid19-Ministerio-Sanidad


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Inspectores Médicos de Seguridad Social piden que se considere la Covid19 enfermedad profesional en sanitarios

12/05/20 El presidente de la Asociación Profesional Inspectores Médicos de la Seguridad Social (APROMESS), José Manuel Vicente Pardo, pide que se consideren la infección por Covid-19, contraída por el personal sanitario a consecuencia del trabajo en la asistencia sanitaria, como enfermedad profesional, y por tanto la Seguridad Social aborde medidas «extraordinarias» para el cambio de la contingencia como procede en derecho

Así, recuerda que la Ley General Seguridad Social LGSS señala se entiende por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado en las actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales y que esté provocada por la acción de los elementos que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.

Pero además, continúa, se da la concurrencia de que la infección por COVI-19 «Coronavirus» está incluida en el Cuadro de Enfermedades Profesionales como enfermedad profesional causada por agentes biológicos y recogida la actividad del personal sanitario como colectivo laboral de riesgo a la infección.

Entiende que debido al colapso del sistema sanitario y el confinamiento de la población, se produjo el cierre en la atención al público de las mutuas (salvo atención urgente) y de la administración de la seguridad social, lo que llevó a establecer instrucciones expresas para la Incapacidad Temporal que básicamente suponían el que los SPS emitirían los partes de baja y alta en todos los casos de afectación por coronavirus como enfermedad común, tanto en las situaciones de aislamiento como de enfermedad y a todos los trabajadores que lo necesitasen, tanto para personal sanitario como para el resto de trabajadores.

«Superada la etapa de colapso socio económico sanitaria, y procediéndose a las fases de «desescalada» o «desconfinamiento», mejor denominadas de retorno progresivo a la actividad ordinaria, se hace necesario el que de forma extraordinaria se establezca por la seguridad social un procedimiento para la conversión de estas bajas del personal sanitario y la de sus secuelas y consecuencias ahora consideradas como enfermedad común a la obligada estimación de enfermedad profesional», señalan en un comunicado.
«Cuadro de Enfermedades Profesionales».

«Es hora de que los trabajadores sanitarios víctimas laborales de la pandemia por haber contraído la enfermedad con singular incidencia realizando su trabajo y con las deficientes medidas de protección que les expusieron singularmente al contagio, en algunos supuestos, sea considerada su Incapacidad Laboral, sus secuelas y demás responsabilidades derivadas de la citada afección por «Coronavirus» COVID-19 como Enfermedad Profesional, abordando la Seguridad Social medidas «extraordinarias» para el cambio de la contingencia como procede en derecho, invirtiendo la carga de la prueba», advierte.

Y, continúa, «de no hacerlo, obligaría a valorar la individual solicitud de determinación de contingencia por parte de cada trabajador sanitario, lo que alarga y complica el procedimiento».